La norma limitó beneficios penitenciarios para personas condenadas por delitos graves. La ley restringió: libertad condicional, salidas transitorias y beneficios anticipados, en casos de homicidios, delitos sexuales, narcotráfico y corrupción, entre otros, con el objetivo de evitar la llamada “puerta giratoria”.
Uno de los cambios centrales fue el establecimiento de límites más estrictos para acceder a beneficios como la libertad condicional, las salidas transitorias y otras modalidades de egreso anticipado. Estas restricciones alcanzan a personas condenadas por delitos considerados de extrema gravedad, entre ellos homicidios dolosos, abusos sexuales, secuestros, narcotráfico, corrupción y delitos contra la administración pública.
La ley introdujo además criterios más exigentes de evaluación, priorizando el cumplimiento efectivo de la pena y reduciendo la discrecionalidad en el otorgamiento de beneficios. En ese marco, se buscó reforzar el rol del sistema judicial y penitenciario en el control del cumplimiento de las condenas, atendiendo reclamos sociales vinculados a la reincidencia y a la percepción de impunidad.
Desde su aprobación, la norma generó debates en ámbitos académicos, judiciales y políticos. Mientras sectores vinculados a la seguridad y a las víctimas de delitos destacaron su impacto para desalentar la reincidencia, organismos de derechos humanos y especialistas en derecho penal señalaron la necesidad de equilibrar el castigo con políticas de reinserción social, manteniendo estándares constitucionales y garantías legales.






