El fallo cuestiona el mecanismo que limitaba la actualización de los pagos en juicios laborales.
La reforma laboral tuvo su primer fallo en contra luego de que un juez laboral de Córdoba declarara la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley, que regula la forma en que deben actualizarse los créditos laborales en causas que ya estaban en trámite cuando entró en vigencia la norma.
El magistrado Ricardo Gileta resolvió “desechar la validez constitucional” de ese apartado y dispuso que el capital se recalcule según el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo. Ese esquema establece que el monto se actualice según la evolución del IPC, con un adicional del 3% mensual desde la mora hasta el pago.
El juez consideró que el artículo 55 introduce un criterio distinto para los juicios iniciados antes de la reforma, lo que vulnera el principio de igualdad ante la ley. Además, sostuvo que los créditos laborales tienen carácter alimentario y que limitar su actualización frente a la inflación puede afectar el principio de reparación plena y la protección prevista por la Constitución.









